DECLARACIÓN SOCHED RESPECTO A PROYECTO SOBRE IDENTIDAD DE GÉNERO

Ene 14, 2017 | Noticias Socios 2017

Desde que se inició la discusión del Proyecto de Ley que da Protección y Reconoce el Derecho a la Identidad de Género, la Sociedad Chilena de Endocrinología y Diabetes ha manifestado que como profesionales de la salud estamos de acuerdo con que en Chile se legisle sobre una Ley que permita terminar con las situaciones de discriminación y exclusión que afecta a muchas personas por la imposibilidad de manifestarse abiertamente y vivir conforme con su identidad de género. Sin embargo, es fundamental que en cada caso esté considerada una evaluación médica multidisciplinaria, con el objetivo de identificar diagnósticos diferenciales, comorbilidades asociadas y de confirmar la disforia de género. De otra forma se pueden producir errores graves y con consecuencias irreversibles sobre todo en menores de edad.
En el año 2014 en nuestra Sociedad Científica se constituyó un comité de expertos formado por endocrinólogos del área pediátrica y de adultos con el fin de generar recomendaciones para el manejo de esta situación, las que fueron publicadas en la Revista Chilena de Endocrinología y Diabetes en su volumen 8, número 3 del año 2015 y así mismo apoyar desde el punto de vista científico a las autoridades pertinentes en el proyecto de la Ley de Identidad de Género.
En el mes de Septiembre del 2016 tuvimos la oportunidad de dar a conocer a la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados y de DDHH del Senado, algunos aspectos de nuestra posición como Sociedad Científica, en la que se manifestó, entre otras, nuestra preocupación de que no se estuviera considerando en la ley la evaluación médica. Además, en dicha ocasión se entregó una carta con la posición de la Sociedad Chilena de Endocrinología y Diabetes y de la Sociedad Chilena de Pediatría, manifestando nuestra disposición de aportar con nuestros conocimientos y experiencias.
Nuestro comité de expertos efectúo un reciente análisis del comparado del Proyecto de Ley que da Protección y Reconoce el Derecho a la Identidad de Género (Boletín 8924-07), encontrando que si bien el actual proyecto que se estaría discutiendo en fecha próxima presenta mejoras respecto al anterior, aún existen observaciones desde el punto de vista científico las que fueron enviadas a los distinguidos senadores de la Comisión de DDHH en Diciembre 2016.
En ella señalamos:
La importancia de que toda persona que desee cambiar su sexo registral, DEBE tener una evaluación de salud mental y endocrinológica, que permita asegurar que es una persona trans al existir enfermedades psiquiátricas y endocrinológicas que pueden confundirse con dicha condición.
No se debiera aceptar el cambio de sexo registral en menores de 14 años, a menos que corresponda a un error en la asignación de sexo al nacer debida a enfermedades genéticas, hormonales o cromosómicas. A este grupo con disforia de género, se les debiera asegurar una evaluación por un equipo competente constituido por psicólogo, psiquiatra, endocrinólogo y asistente social, que permitan un adecuado acompañamiento y orientación durante este período. Esto se fundamenta en que la gran mayoría de los menores que presentan disforia de género revierten espontáneamente y el daño psicosocial que produciría en el niño(a) un cambio de sexo registral erróneo, no resguarda el interés superior del niño(a)
Que en caso de mantenerse el cambio de género registral en menores de 14 años, debiera exigirse acompañar la solicitud por un informe de salud mental del niño (a), un informe médico endocrinológico y un informe de salud mental del adulto solicitante para descartar influencia determinante sobre la voluntad del niño en cuanto a su identidad de género.
En relación al cambio de sexo en adolescentes debe haber siempre una evaluación de salud mental y endocrinológica, al menos 1 año de experiencia de vida en el rol de género deseado por el adolescente y debe haber una evaluación de la capacidad de discernimiento al ser una edad en que no hay un grado de madurez suficiente para dimensionar las consecuencias de esta decisión.
Esperamos que estas observaciones que tienen como objetivo hacer un aporte a la mejor comprensión de los alcances del proyecto de ley y a sugerir modificaciones que lo hagan más acorde a la evidencia científica sean acogidas. La SOCHED a través de su comité de expertos ofreció una vez más a los legisladores su colaboración en los aspectos que se requieran a fin de lograr una ley que considere el respaldo científico en la toma de decisiones.
Dra. Carmen Gloria Aylwin H.
Presidente
Sociedad Chilena de Endocrinología y Diabetes